Vamos a apuntar una serie de consejos legales para trabajadores, concretamente para aquellas circunstancias en las que son despedidos.

Cómo te hemos venido contando en los dos post inmediatamente anteriores a este (Y que te invitamos a leer si aún no lo has hecho y te encuentras en situación de despido)

Todo despido se deben notificar al trabajador por escrito de forma fehaciente y deben indicarse los motivos que inspiran esa decisión y la fecha a partir de la cual se hace efectivo.

Consejos legales para trabajadores ante un despido

A ese documento escrito lo llamaremos carta de despido. Pues bien, alrededor de la carta de despido te queremos dar nuestros primeros consejos:

Consejos legales para trabajadores ¿Qué hacer al recibir la carta de despido?

Al recibir la carta de despido recomendamos encarecidamente que procedas de la siguiente forma:

  • Tómate el tiempo de leer de forma pausada y con lectura comprensiva el contenido que toda la carta. En no pocas ocasiones la empresa apremia al trabajador, o le invita a leerlo en otro momento, utiliza diversas técnicas que pretenden que no haya una lectura sosegada del contenido. No cedas a ninguna presión y lee detenidamente tu carta de despido.
  • Puede ocurrir que estés conforme o disconforme. Tienes que firmar la carta de la empresa ha cumplido con su obligación de notificarte por escrito tu despido. Si no estás de acuerdo con el contenido de la carta firma como no conforme.

Por favor tenga la precaución de no olvidar escribir no conforme en el espacio destinado a la firma Jack este paso es fundamental para posteriormente poder reclamar ese despido.

Documento de saldo y finiquito

Algo similar sucede con el documento de saldo y finiquito. Este es otro documento que normalmente se suele entregar en el mismo momento en que te dan la carta de despido. Por prudencia, procede del mismo modo, esto significa que si no estás de acuerdo con el finiquito que te propone la empresa en ese documento de saldo y finiquito deberías manifestarlo por escrito.

Plazos que debes controlar

Una vez que estás en situación de despido aparecen dos plazos que nos parecen muy interesantes para tu consideración.

El primero de ellos tiene que ver con la prestación por desempleo que deberás tramitar en los 15 días hábiles posteriores al despido.

Asimismo existe otro plazo que en este caso es de 20 días hábiles para presentar tu reclamación e impugnar ese despido.

Requisitos para el empresario

Al empresario le corresponderá probar que presentó ese escrito y que lo hizo en la fecha estipulada por la ley así como las razones en él contenidas.

Si el trabajador se niega a firmar la carta de despido que le ha sido entregada, en estos casos recomendamos al empresario que haga pasar a dos testigos que puedan dar fe de que la comunicación se hizo de forma escrita y fehaciente al trabajador en la fecha. Como indicamos, este paso es muy importante, ya que la empresa deberá acreditar haber cumplido cada uno de los pasos o requisitos que exige la ley.

Tanto si eres un trabajador que ha sufrido un despido como si eres una empresa que quiere practicar un despido —garantizando estar dentro de los cauces legales— puedes contactar con nuestro despacho y te atenderá un especialista en derecho laboral que te garantizará la mejor atención.

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