Insolvencia en particulares. Ley de Segunda Oportunidad

Hablar de insolvencia en particulares es hablar acerca de la incapacidad para hacer frente a los compromisos de pago en personas físicas. Una persona física (particular y autónomo) es responsable del pago de sus deudas utilizando activos presentes y futuros según dice nuestro código civil. Esto quiere decir que toda persona física está obligada Como no puede ser de otro modo a pagar sus deudas tanto con la liquidez que tenga en ese momento Como con apalancamiento a base de créditos como puede ser una hipoteca o un préstamo de consumo.

Insolvencia en particulares

En España contamos con una ley que se conoce bajo el nombre de ley de segunda oportunidad. No aplica para empresas insolventes, sino sólo para personas físicas, es decir autónomos y particulares. Lo que esta ley va a permitir a particulares sobre endeudados es cancelar todas sus deudas y comenzar de nuevo incluso si no han pagado todo lo que deben. Así lo recoge la normativa que entró en vigor con el (RDL Ley 1/2015).

Acuerdo extrajudicial

El acuerdo extrajudicial no es en sí mismo requisito. Sin embargo a la hora de conceder el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) por tradición los jueces españoles suelen ver con buenos ojos  la voluntad de llegar a un entendimiento entre el deudor y sus acreedores de forma previa a su paso por el juzgado.

Quienes desean acogerse a un proceso de segunda oportunidad y ver canceladas sus deudas (o al menos aquellas que no han podido terminar de pagar) deberán probar que son deudores de buena fe. Un deudor de buena fe es aquel que da señales inequívocas de querer pagar, quedando perfectamente claro que si no lo hace es porque no puede. El acuerdo extrajudicial previo testifica a favor de ese requisito de buena fe.

Proceso Concursal Consecutivo

Cuando no ha sido posible el entendimiento entre las partes, en particular puede solicitar el concurso voluntario conocido también como concurso consecutivo. Como todo concurso, se va a iniciar la fase de liquidación. Consiste en ver cuál es el activo de esa persona y utilizarlo para pagar las deudas pendientes.

Sin embargo es este momento cuando la persona puede solicitar acogerse al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho que es en sí mismo el cuerpo central de la ley de segunda oportunidad.

Para poder disfrutar de este beneficio y ver canceladas por mandato judicial sus deudas, la persona deberá aprobar como hemos dicho que es deudor de buena fe, así como otro pliego de requisitos específico: no ha sido condenado por delitos contra la propiedad, derechos de los trabajadores, no se ha beneficiado de otro proceso de segunda oportunidad en los 10 años anteriores etc.

Qué conseguimos con el BEPI en casos de insolvencia en particulares

Volver a empezar. Con el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho la persona que lo recibe queda perfectamente inserta de nuevo  en la vida económica normal. Esto significa que puede volver a pedir un crédito, puede volver abrir un negocio, puede volver a emplear trabajadores, como te decimos puede recuperar de pleno su vida económica de nuevo.

Si tú eres una persona particular autónomo que no puede hacer frente a sus compromisos de pago por favor ponte en contacto con nuestro despacho especialista en derecho concursal y estudiaremos pormenorizadamente tu caso para indicar que si estas o no en condiciones de acogerte a un procedimiento de ley de segunda oportunidad. El 90% de las personas sobre endeudadas en España cumplen los requisitos para poder acogerse al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

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