Mediación Civil y Mercantil
Buscamos la solución más adecuada a su conflicto.
Ventajas de la Mediación
Algunas de las ventajas de la Mediación Civil y Mercantil son las siguientes:
Supone un importante ahorro de costes y tiempo respecto de un procedimiento judicial.
La solución alcanzada no es impuesta por un tercero ajeno a la relación entre las partes como es un juez o árbitro.
El proceso de mediación es privado, y la información que se utiliza y acuerdos a los que se llega son confidenciales, lo que puede resultar muy atractivo para muchas personas.
Flexibilidad y agilidad del proceso.
¿Qué asuntos se pueden someter a Mediación?
Los asuntos que pueden ser sometidos a Mediación Civil y Mercantil, entre otros, son los siguientes:
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Contratos de todo tipo (arrendamientos urbanos y rústicos, compraventa, bancarios, de seguros…)
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Sucesiones.
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Vivienda (relaciones vecinales, propiedad horizontal…
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Ámbito hipotecario (modificación condiciones y cláusulas, procesos de desahucio, ejecución de hipotecas…)
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Propiedad industrial e intelectual.
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Ámbito mercantil (relaciones clientes/proveedores, impagos, derecho societario…)
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Responsabilidad contractual y extracontractual.
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Sanidad.
En resumen, se pueden someter a un proceso de mediación prácticamente todos los asuntos en los que las partes tengan plena disponibilidad de sus derechos.